La Unión Europea alcanzó un acuerdo político en octubre de 2022 sobre el Reglamento de mercados de criptoactivos (MiCA). Ahora ha sido ratificado por el Parlamento Europeo y se convierte así en el primer marco regulador para estos instrumentos en el mundo. La normativa incluye emisores y proveedores de servicios, con el objetivo de proteger inversores, así como para aumentar la estabilidad financiera y la innovación. La ley se pondrá en marcha entre mediados de 2024 y principios de 2025 y sitúa a Europa como región atractiva en este mercado.
“MiCA es un texto pionero en lo que se refiere a la regulación de los mercados de criptoactivos por lo que, sin duda, sitúa a la Unión Europea como punto de referencia a nivel global. Además, no debemos dejar de lado la naturaleza multijurisdiccional de los mercados de criptoactivos. Es por esto que los esfuerzos regulatorios similares a MiCA en el resto de jurisdicciones contribuirían a la creación de un ecosistema seguro, robusto y necesario para los mercados de criptoactivos a nivel global”, explica María José Escribano, del equipo de Regulación Digital de BBVA.
¿Qué regula MiCA?
MiCA define criptoactivos como “una representación digital de un valor o un derecho que puede transferirse y almacenar electrónicamente. Además, utiliza tecnología de libro mayor distribuido o tecnología similar”. De su definición se extrae la diferencia entre criptodivisas o criptomonedas, y ‘tokens’. El nuevo reglamento también fija requisitos a los emisores de criptoactivos y a los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP, por sus siglas en inglés). A los primeros les obliga a proporcionar información completa y transparente sobre los criptoactivos que emiten. Por otro lado, los obliga a cumplir con los requisitos de divulgación y transparencia. Mientras que impone el registro obligatorio de los proveedores de servicios de criptoactivos, así como la implementación de medidas de seguridad y el cumplimiento de normas de blanqueo de capitales.
Clasificación de criptoactivos
MiCA ofrece asimismo un marco regulador para los activos digitales que utilizan tecnología de registro descentralizado (DLT, por sus siglas en inglés). Los principales criptoactivos contemplados en MiCA son:
- Fichas referenciadas a activos (ART, por sus siglas en inglés), cuyo propósito es mantener un valor estable mediante su referencia a cualquier valor o derecho, o una combinación de ambos, incluyendo una o varias monedas oficiales. Esta categoría incluye todos los criptoactivos que no tengan la consideración de fichas referenciadas a dinero electrónico cuyo valor esté respaldado por activos. Ejemplo de esto es Digit (DGX), respaldado por una cantidad equivalente de oro físico almacenado en una bóveda segura.
- Fichas de dinero electrónico (EMT, por sus siglas en inglés), que hacen referencia al valor de una moneda oficial para mantener un valor estable. La diferencia entre ARTs y EMTs es la configuración de la referencia que soporta el precio de la moneda. En la primera, se emplean activos, y la segunda utiliza una única divisa, lo que le acerca más al concepto de dinero electrónico.
- Criptoactivos que no tienen la consideración de fichas referenciadas a activos o de fichas referenciadas a dinero electrónico. Entre estos, se incluyen los denominados “utility tokens”, que se usan para utilizar servicios o productos proporcionados por el propio emisor de ese token. A diferencia de los security ‘tokens’, no tienen la consideración de instrumento financiero bajo la normativa de valores de muchos países.
Criptoactivos no regulados por MiCA
MiCa excluye nuevos paradigmas, como la industria DeFi (abreviatura inglesa de Descentralized Finance), o las fichas o tokens no fungibles (NFT). De acuerdo con la definición provista por el Banco Central Europeo, DeFi hace referencia a una nueva forma de prestar servicios financieros que prescinde de los intermediarios centralizados tradicionales y, en su lugar, se basa en protocolos automatizados.
“MiCA deja varios componentes relacionados con el mundo de activos digitales fuera de su ámbito de aplicación”, explica María José Escribano. “DeFi es uno de ellos, pero también los non-fungible tokens, los security tokens, o incluso la actividad de financiación con criptoactivos. Todas estas variables, o bien ya cuentan con una regulación propia, como los security tokens, o bien cuentan con unas particularidades de tal envergadura que hace necesario que los legisladores realicen una tarea adicional de análisis que les capacite para configurar el marco normativo más adecuado a los riesgos que éstos plantean”, añade. En cualquier caso, “no puede negarse que MiCA es un paso muy importante para conseguir una adecuada protección de los consumidores. Así como para minimizar los riesgos que estos mercados son susceptibles de producir en la estabilidad financiera”, señala.
Las fichas o tokens no fungibles son tokens únicos e indivisibles que representan una obra de arte digital, un tweet, o cualquier otro objeto único. A diferencia de las criptomonedas comunes, que son intercambiables entre otras con igual valor, los NFTs son irrepetibles y están respaldados por activos únicos. Por otro lado, las monedas digitales de bancos centrales (CBDC) también quedan fuera de la regulación.
Importancia de MiCA
La experta en regulación digital de BBVA explica que, “en términos generales, MiCA va a aportar certidumbre regulatoria y mayores protecciones para los consumidores en este mercado. Además, al mismo tiempo que se favorece la innovación”. Para lograr estos objetivos, “establece mecanismos para asegurar que las stablecoins sean realmente estables. Esto, para que exista un mayor grado de transparencia en el mercado y evitar que haya players que presenten más riesgo del recomendable. Así como para asegurar que los activos bajo custodia estén verdaderamente protegidos”.
Al mismo tiempo, MiCA trata de reducir el efecto medioambiental de las criptomonedas. La minería de algunas criptodivisas, que es el proceso de validar transacciones y agregar nuevas unidades a la cadena de bloques, requiere equipos de elevada potencia que consumen grandes cantidades de energía que pueden proceder de combustibles fósiles como el carbón. El sector también necesita muchos componentes informáticos y genera residuos electrónicos.
Además, MiCA se concibe como parte de un esfuerzo normativo mayor, que incluye iniciativas como la Ley de Resiliencia Operativa Digital (DORA), el Reglamento del Régimen Piloto DLT o el Reglamento sobre las Transferencias de Fondos (TFR). Por un lado, DORA establece estándares para el desarrollo y mantenimiento de medidas de seguridad en las organizaciones del sector financiero y de terceros que prestan servicios relacionados, como cloud computing o análisis de datos.
Por su parte, el Reglamento del Régimen Piloto DLT tiene como objetivo el desarrollo de infraestructuras piloto de mercado cuyo objeto sea la emisión, negociación y liquidación de security tokens mediante tecnología DLT, y además modifica la definición de “instrumento financiero” incluida en la Directiva MiFID II para incluir a aquellos que están basados en tecnología DLT.
Ver nota original en: Regulación europea sobre Mercados de Criptoactivos (MiCA).