La nueva normativa establece que las personas físicas o jurídicas tendrán que declarar todas sus actividades con Bitcoin y criptomonedas por dentro o fuera del territorio nacional.
El martes 4 de abril, el Consejo de Ministros ha aprobado el desarrollo reglamentario. Ahora es obligación informar sobre las operaciones realizadas con monedas digitales, que incluye a las situadas en el extranjero.
De acuerdo con lo establecido, los ciudadanos tendrán que realizar sus primeras declaraciones a la Agencia Tributaria a partir del 1 de enero de 2024.
La nueva medida para regular a las criptomonedas
El Consejo aprobó el Real Decreto que propone una serie de modificaciones reglamentarias para implementar en la Ley 11/2021. La misma, dictada el pasado 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
Una de las modificaciones que incluye es la de informar sobre las criptomonedas que se posea dentro y fuera del territorio y las operaciones que se realicen con las mismas.
“El objetivo es mejorar el control tributario de los hechos imponibles que puedan derivarse de dicha tenencia u operativa”, explicó el Ministerio de Hacienda.
¿Cuándo es obligatorio declarar?
Desde esta aprobación, las personas y entidades residentes en España deberán presentar una declaración informativa anual que proporcione toda la información servicios para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales, explicó el portal El Economista.
Esta declaración deberá hacer una referencia total de los Bitcoin y criptomonedas que tengan custodiadas. Además, deberán informar sobre los cobros y pagos realizados con dichas monedas digitales.
Declaración en el extranjero
Por otro lado, también se estableció las personas físicas y jurídicas estarán obligadas a presentar una declaración informativa anual referente a la totalidad de las cripto situadas en el extranjero. Esto se refiere, de las que se sea titular, beneficiario o responsable de su manejo, al 31 de diciembre de cada año.
Esta obligación también se ha extendido a quienes hayan sido titulares, autorizados o beneficiarios. Además de los que hayan tenido poderes de disposición sobre las monedas digitales en cualquier momento del año al que se refiera la declaración.
Para finalizar, aclaró que la información a suministrar será la correspondiente a la fecha en la que dicha extinción de titularidad o responsabilidad se produjo.
Ver nota original en: Alerta Bitcoin: todas las operaciones con criptomonedas se tendrán que empezar a declarar, ¿desde cuándo?.