Se publicó el viernes 16 en el Boletín Oficial la nueva Resolución UIF N° 99 /2023 que fija las obligaciones que los Sujetos Obligados de Cooperativas y Mutuales. Deberán cumplir para gestionar los riesgos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT). Esto en concordancia con los estándares, guías y pautas internacionales actualmente vigentes del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
El proceso de redacción de la medida contó con la participación del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES). En el marco de lo previsto en el artículo 14, inciso 10 de Ley 25.246, realizándose un intercambio con las federaciones que nuclean al sector.
El principal objetivo de la reforma es la adopción del enfoque basado en riesgo. Los SO deben identificar y evaluar sus riesgos desde donde adoptar medidas para administrarlos y mitigarlos, para prevenir de manera más eficaz el LA/FT.
A raíz de esto, se incorporan una serie de definiciones relacionadas con:
- prevención como autoevaluación de riesgos
- efectividad del sistema preventivo, políticas, procedimientos y controles
- alertas orientativas que sirven de guía para los SO
- establecimiento de reportes sistemáticos de cumplimiento mensual y anual, entre otras.
En función de la segmentación propuesta por el INAES, la normativa establece para los SO que realizan únicamente el servicio de gestión de préstamos o que otorgan préstamos personales mediante fondos provenientes de recursos propios y de cobro por deducción o recibo de haberes, la posibilidad de confeccionar el informe técnico de autoevaluación y su metodología, presentar la declaración de tolerancia al riesgo, el informe del revisor externo independiente y el reporte sistemático anual, cada dos años.
La Resolución UIF N° 99/2023 comenzará a regir a partir del 1 de agosto de 2023, fecha en la cual quedará derogada la Resolución UIF N° 11/2012.
Ver nota original en: Tras once años, la UIF actualiza la normativa de Cooperativas y Mutuales.