Hoy se publicó en el Boletín Oficial la Resolución UIF N° 84/ 2023 que actualiza los umbrales a partir de los cuales los sujetos obligados a informar deben llevar adelante medidas de debida diligencia de sus clientes y reportes sistemáticos de operaciones, tomando como parámetro el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM).
La medida facilitará a los sujetos obligados la tarea de administrar los riesgos de Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo (LA/FT). En concordancia con los estándares internacionales aprobados por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
La Resolución actualiza los umbrales para los diferentes sectores como:
- Seguros
- Escribanos
- Profesionales en Ciencias Económicas
- Personas humanas o jurídicas dedicadas a la compraventa de obras de arte
- Remesadoras de Fondos
Los cambios responden a la necesidad de efectuar una puesta al día de los montos establecidos desde el dictado de la Resolución UIF N° 50/2022 para una prevención eficaz del LA/FT, con un enfoque basado en el riesgo, de acuerdo a los estándares internacionales que promueve el GAFI.
En este marco, se prevén actualizaciones semestrales, considerando el SMVM vigente al 31 de diciembre del año calendario anterior y al 30 de junio del año calendario corriente, según corresponda.
Finalmente, la Resolución UIF N° 84/ 2023 comenzará a regir a partir del 1° de julio.
Ver nota original en: Cambios en la normativa: actualización automática de umbrales para SO.