Por medio de la Resolución N° 35/2023, la UIF establece cambios a la Resolución UIF N° 134/2018 y sus modificatorias. Tiene como objetivo adecuar el marco normativo a los estándares internacionales y mejorar la gestión de Riesgos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo en relación a clientes y beneficiarios finales que revisten el carácter de Personas Expuestas Políticamente (PEP).
La nueva resolución mantiene la condición de PEP por el plazo de dos años. Además, establece que una vez que se cumpla ése período en la función pública, cada sujeto obligado deberá:
- evaluar el nivel de riesgo del cliente o beneficiario final, considerando la relevancia de la función desempeñada
- la potestad de disposición y/o administración de fondos
- la antigüedad en la función pública ejercida
Los cambios más relevantes
Se incorporan las acciones de debida diligencia reforzada que deben realizar los Sujetos Obligados a las Personas Expuestas Políticamente extranjeras, en cumplimiento con la Recomendación 12 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
Se reemplaza el término de “afinidad” con una PEP por “parentesco o cercanía” para brindar mayor certidumbre respecto al alcance de los vínculos con PEPs.
Por último, se agrega la obligación de informar la condición de PEP de los beneficiarios finales, en caso de corresponder.
La UIF está llevando adelante el proceso de actualización del marco regulatorio establecido en sus Resoluciones. De este modo se logra una mayor efectividad del Sistema Nacional de Prevención de LA/FT en concordancia con las recomendaciones del GAFI y con los resultados de la Primera Evaluación Nacional de Riesgos de Lavado de Activos y la actualización de la Evaluación Nacional de Riesgos de Financiación del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva de nuestro país.
La normativa comenzará a regir el 1 de abril de 2023, fecha en la cual quedará derogada la Resolución UIF N° 134/18.
Ver nota original en: La UIF actualiza su regulación para Personas Expuestas Políticamente.