Los cambios tienen como objetivo alinear la normativa a los estándares internacionales y mejorar prácticas en materia de supervisión con enfoque basado en riesgos. Así como también plasmar mejoras fruto de la experiencia recabada desde el dictado de la anterior regulación, de manera tal de garantizar la efectividad de los procedimientos de control de las obligaciones ALA/CFT.
Por medio de la Resolución UIF N° 61/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial se deroga la Resol. UIF N° 154/2018 a fin de ajustar tareas a las actualizaciones del Enfoque Basado en Riesgos que determina la Recomendación 1 del GAFI. Este es un principio clave para la asignación eficaz de recursos del sistema PLA/FT. Así como considerar los resultados de las Evaluaciones Nacionales de Riesgos de LA y FT/FP. En 2021 el GAFI emitió la “Guía sobre Supervisión Basada en Riesgos”, cuyo objetivo es aclarar cómo los supervisores aplican dicho enfoque a sus actividades.
La reforma incorpora un procedimiento de monitoreo constante de las actividades de los sujetos obligados con la finalidad de detectar nuevos riesgos o comportamientos atípicos. Además, busca verificar el cumplimiento de las medidas de debida diligencia del cliente (DDC) y la realización de reportes sistemáticos ( RS), entre otras obligaciones. De este modo, se podrá responder a cambios significativos en los riesgos, advertir comportamientos irregulares y observar a las entidades que de manera sistemática omiten dichas medidas o la realización de los RS correspondientes, entre otros aspectos.
Por otro lado, se suprimen los planes de regularización previstos en la reglamentación actual, estableciendo en su lugar acciones correctivas de cumplimiento, idóneas y proporcionales. Estas serán aplicadas con un enfoque basado en riesgos en el marco de los procedimientos de supervisión, de manera tal de corregir situaciones de incumplimientos mayores o subsanar inobservancias menores a las normas en materia ALA/CFT.
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